Ex tunc es un latinismo que significa "desde siempre". Es un latinismo utilizado en derecho para indicar el día o el momento en el que empieza a aplicarse retroactivamente una norma o contrato antes de que se dicte la norma jurídica.
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o ir entre comillas.
Ejemplos de ex tunc:
Ver también:
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o ir entre comillas.
Ejemplos de ex tunc:
- Los consumidores que hayan celebrado un contrato de préstamo hipotecario con una entidad bancaria tienen derecho a obtener la restitución íntegra (ex tunc) de las cantidades que hayan abonado indebidamente en virtud de la cláusula suelo, más los intereses legales desde la fecha de aplicación...
- Han existido pronunciamientos doctrinales y jurisprudenciales en el Derecho Público español que han afirmado que así como la declaración de nulidad de pleno derecho produce efectos ex tunc, la declaración de anulabilidad los genera meramente ex nunc...
- El régimen de la nulidad y la anulabilidad de los actos administrativos parte de lo dispuesto en los Art. 47-52 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre, alcanzando su plena operatividad en sede de revisión de actos en vía administrativa (Art. 106-126 ,Ley 39/2015, de 1 de octubre). Si la declaración de nulidad de pleno derecho despliega sus efectos ex tunc (desde siempre), esto es, desde que el acto fue emitido, y no es subsanable, la nulidad relativa (procedente del ejercicio en forma y tiempo de la anulabilidad) produce sus efectos ex nunc (desde ahora), es decir, desde la fecha en la que el acto fue anulado.
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