Obiter dictum (también obiter dicta) es un latinismo que literalmente significa "dicho de paso" y que, en el ámbito jurídico, hace referencia a los argumentos expuestos en una sentencia o resolución judicial que corroboran la decisión principal pero no tienen carácter vinculante al ser puramente complementarios.
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o entre comillas y sin tilde:
Se trata de un latinismo no adaptado, por lo que debe ser escrito en letra cursiva o entre comillas y sin tilde:
- Obiter dictum (incorrecto, se escribe en cursiva o entre comillas)
- Obíter díctum (incorrecto, se escribe sin tilde)
- Obiter dictum (correcto)
- "Obiter dictum" (correcto)
- El juez expresó varias conclusiones obiter dictum sobre la resolución del proceso judicial...
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